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Imma

inquilino/a

Indemnización rescisión alquiler
En 2017 firme un contrato de alquiler a un año. En el contrato se pacta un precio a incrementar en tres años i se especifica indemnización si me voy antes del año papagar un mes por cada año que quede. Si en el contrato pone duración un año solo. Que prevalece. Si me voy a los ocho meses. Que tengo que pagar. Por un año o por tres?
  • Preguntado por: Imma
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
nacho ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Inma:
    Sin perjuicio de la respuesta anterior, le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    https://letradosalquileres.es.tl/Desistimiento-del-contrato.htm


    Reciba un cordial saludo.  http://letradosalquileres.es.tl
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Tu  puedes irte a una vez cumplidos 6 meses y tendrías que pagar una indemnización de medio mes si, figura en contrato, al irte a los 8 meses sera la parte proporcional.
    El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos  seis meses , siempr e que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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