Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Anahir

inquilino/a

Alquilamos un piso, que esta a nombre de mi marido, el fallecio y yo sigo pagando el alquiler, hay que cambiar el contrato?

Hola, Hace 9 años alquilamos un piso, el contrato esta a nombre de mi marido, el fallecio hace 3 meses y yo sigo pagando el alquiler (siempre lo hicimos en mano, nunca por banco) Hay que cambiar el contrato a mi nombre? o no es necesario? Desde ya muchas gracias!! un saludo.

  • Preguntado por: Anahir
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (7)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    Anahir: con los nuevos datos que ha dado entiendo que Ud. tiene un nuevo contrato plenamente vigente, no tiene tácita reconducción mensual, sino un contrato "con todas las de la Ley".

    Entonces me ratifico en mi respuesta anterior: por los datos que da se deduce que los caseros aceptan la subrogación, y aunque la Ley exige que se solicite por escrito, si los caseros conocen el fallecimiento (y no tienen más remedio que conocerlo porque viven arriba) y consienten la subrogación (y no pueden decir lo contrario porque la han dejado a Ud. vivir tranquilamente) no pueden decir ahora que no aceptan una subrogación que los hechos demuestran que están consintiendo. De todas formas sería muy conveniente que lo reflejaran por escrito, y puesto que parece que se lleva bien con ellos no creo que hubiera ningún problema en hablarles y exponerles la situación. Dígales que es para no tener problemas con Hacienda y seguro que lo entenderán.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Entonces, en vez de un nuevo contrato, te interesa que te hagan un documento diciendo que te has subrogado en el contrato.

  • usuario eliminado

    Anahir: en principio puede sostenerse que Ud. se ha subrogado ya, puesto que por lo que cuenta, los caseros conocen la muerte de su marido y su intención de subrogarse.

    Incluso puede sostenerse que Ud. podría desgravarse en la declaración de la renta, pero para esto sería muy recomendable que dejaran todo reflejado por escrito y que además quedara constancia del depósito de la fianza en el organismo competenten, ya que si Hacienda revisa sus datos puede ponerle trabas por no poder demostrar por escrito la situación que Ud. tiene.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Anahir

    inquilino/a

    Hola Leon, El contrato lo firmo mi marido nuevamente en diciembre de 2013 por 5 años. muchas gracias por tu pronta respuesta

    • Respondido por: Anahir
    • Hace 10 años
  • Anahir

    inquilino/a

    Hola Piscis tre, gracias por tu respuesta, los caseros ya saben el fallecimiento de mi esposo dado que viven en el piso de arriba del mio, tambien, he hablado con ellos para que me bajen el alquiler y me han dicho que si, de hecho es el segundo mes que les pago con el nuevo precio. Pero mi miedo es ese, que el contrato esta a nombre de mi marido, que cuando llegue la declaracion de la renta, no podre declararlo, estoy muy confundida y agobiada, esto es legal?, como ya he dicho anteriormente, les pago en mano, y ellos me dan un recibo, ya hace 9 años que estamos alquilando y nunca nos hemos atrasado en el pago del alquiler

    • Respondido por: Anahir
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Anahir: por los datos que aporta lo más seguro es que ese contrato se haya terminado y se encuentre en lo que en Derecho llamamos "tácita reconducción", que es una situación en la que Ud. tiene "pequeños contratos" de un mes de duración.

    En ese caso, es posible que no le interese subrogarse, sino concertar un nuevo contrato hablando con el casero.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si no te ha vencido el plazo para comunicar por escrito tu subrogación en el arrendamiento, estará a punto de vencer, ya que dicho plazo es de tres meses desde el fallecimiento del arrendatario, no pierdas tiempo y comunicalo fehacientemente al arrendador acompañando un certificado de defunción y certificado de matrimonio solicitando la subrrogación del arrendamiento a tu favor.

    La mejor ayuda seria la de un abogado, pero ante la urgencia, si te ves capaz, haz una carta pidiendo subrogate y acompañando los certificados que te he dicho, la entregas en mano al arrendador y que te firme la copia y que ponga la fecha de recepción.

    Si ya se te ha pasado el plazo, no hagas nada de lo dicho y acude a un abogado para que vea la mejor solución para que puedas seguir en la vivienda. 

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas