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neg

inquilino/a

Estoy en un piso de alquiler desde hace 2 años, ¿cómo funciona lo de las reparaciones?
En el contrato tenemos una clausula que indica que todos los gastos generados por la reparación y reposición tanto de la vivienda, como de sus instalaciones y mobiliario serán por cuenta y cargo del arrendatario. He visto en la ley de arrendamiento que el arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Mi pregunta es. ¿qué prevalece?.

Hemos tenido una avería en la lavadora que tendrá aproximadamente unos 15 años y me gustaría tener claro a quien le corresponde hacerse cargo de la reparación, antes de hablar con la arrendadora.

Muchas gracias
  • Preguntado por: neg
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Pide por escrito opinión del técnico. Si es avería corresponde arrendatario. Si es de puro vieja es arrendador.

    Las pequeñas reparaciones por el uso ordinario serán a cargo del arrendatario. Las obras que hacen inhabitable la vivienda son a cuenta del arrendador. (No tener suministros de luz,agua, ... o tener que dar alta de las instalaciones) y mientras duren obras descuento de la renta si pasa de 20 días. Si éste fuere el caso habría que leer el Art. 26.-
  • Nim

    inquilino/a

    Yo estando de alquiler también se me estropeó la lavadora, la cual tendría unos 12 años, hablando con el propietario llegamos al acuerdo de que la pagaría yo, llevándomela cuando me fuese del piso, ya que él no se podía hacer cargo en ese momento, y así fue. Yo pagué mi lavadora y al irme del piso me la llevé conmigo.
    • Respondido por: Nim
    • Hace 15 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Tú mismo te estás contestando; si el contrato se ha realizado de vivienda habitual la ley aplicable es la LAU del 94 y lo relativo a tema de las reparaciones que viene contemplado como bien apuntas en sus arts. 21 y ss., por lo que todas las estipulaciones en contrario a la ley se han de tener por no puestas.

    En el caso de lavadora hay que ser cautos , ver si efectivamente se entregó tan vieja y en qué estado, y también el dictamen del técnico que la reparó (o que la va a reparar).

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La teoría veo que la tienes clara, desde luego prevalece la norma, el problema es la aplicación a tu caso, si la reparación de la lavadora ha sido por mal uso o constituye un pequeño deterioro te corresponde asumirlo en otro caso le corresponde al propietario, ¿Quién lo determina? Iniciamente un técnico y si hay desacuerdo el Juez.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • proelite

    profesional

    Si el técnico de la marca determina que la avería es por mal uso, deberías pagarla tu. Ahora si dice que es por vieja o por desgaste la lau prevalece sobre tu contrato siempre que sea un arrendamiento de vivienda habitua l(12 meses) y no sea un local comercial.... entonces el propietario deberá hacerse cargo.....
    • Respondido por: proelite
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En el mismo artículo que mencionas, pero en el punto 4, dice también la LAU que las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.

    En mi opinión, si se trata de una pequeña reparación, debes asumirla, tal y como dice la LAU.

    Si resulta que el técnico dice que la lavadora es muy vieja y ya no tiene arreglo... ahí si sería el propietario quien debería sustituirla.

    Pero eso no lo dice la LAU, y en esta web hay opiniones como la mía... y otras que dicen que si el casero te entregó una lavadora que funcionaba, tú tienes que devolver el piso con una lavadora que funcione, aunque no sea nueva.

    Así que si la lavadora no tiene arreglo, una solución salomónica tal vez sería lo mas factible.

    Pon en el buscador de esta web lavadora y frigorífico, y verás a lo que me refiero.
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