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Teresa

inquilino/a

Arreglo bomba piscina
Hola. Tengo dudas respecto al contrato de alquiler y realmente no sé dónde acudir para resolverlas ya que observamos que el contrato es bastante ambiguo respecto a las reparaciones.
Estamos de alquiler en una casa desde 2014. La casa tiene una pequeña piscina, a la cual se le ha estropeado la bomba ahora y hace mayor ruido del habitual. El propietario dice que la bomba puede aguantar más tiempo asI pero que en todo caso (por el exceso de ruido y los vecinos se quejam) que el no tiene que cambiar la bomba ya que eso es del uso que nosotros le hayamos podido dar porque no tiene tanto tiempo esa bomba según el,  y que se compromete en todo caso si queremos a pagar la mitad de la nueva bomba. Nosotros, hemos hecho un uso correcto de la misma, de eso estamos seguros por la faena que lleva su mantenimiento.  En el contrato de alquiler hace referencia a que el inquilino se hará cargo de pequeñas averIas  y que el casero se hará cargo de la reparación o substituciones de bienes comunes. Como lo veis?  Cabe decir que hace un tiempo si que arreglo otra cosa de la piscina que se estropeó (ajeno al tema bomba)  Vale la pena luchar por no pagar nada del cambio de bomba.....mi marido dice que eso es estar a malas y que legalmente es todo muy lento y subjetivo ...  o esto igualmente nos pasara factura el dIa que dejemos la casa y el casero nos saldrá con que paguemos la bomba entera. Muchas gracias.
  • Preguntado por: Teresa
  • Hace 6 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hay ue recordar que La teoría es muy fácil: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
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