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Luis

inquilino/a

Subrogaciones alquiler renta antigua
Buenas tardes, vivo en una vivienda que lleva alquilada con renta antigua a mi familia desde 1930. Primero fueron mis bisabuelos y abuelos, después mi padre y, cuando éste falleció, la dueña de la vivienda puso el arrendamiento de ésta a nombre de mi madre.  Ahora que ella ha fallecido, yo, su hijo me encuentro con que la vivienda la tengo que dejar en menos de un mes y no tengo lugar al que ir.  Me puede echar el dueño del piso?  Las subrogaciones que se hicieron, son legales? Gracias por su ayuda.
  • Preguntado por: Luis
  • Hace 7 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Luis esas subrogaciones fueron correctas conforme a la normativa vigente en su momento, ahora Vd habrá de sujetarse a lo previsto en la disposición transitoria segunda de la ley de arrendamientos urbanos, si cumple los requisitos exigidos podrá subrogarse al menos dos años, y si tiene discapacidad igual o superior al 65 % podrá subrogarse sin límite temporal, le copio lo que dice la ley El contrato se extinguirá al fallecimiento del subrogado, salvo que lo fuera un hijo del arrendatario no afectado por una minusvalía igual o superior al sesenta y cinco por ciento, en cuyo caso se extinguirá a los dos años o en la fecha en que el subrogado cumpla veinticinco años, si ésta fuese posterior.


    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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