Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

ignaciomaderas

casero/a

Tengo una inquilina en un piso desde el año 60 y paga casi nada. ¿Estos alquileres no tienen fecha legal?

Le queda poco de vida pero tiene un hijo de 32 que vive con ella desde que nacio. Si ella muere se puede quedar?, y cuánto?

  • Preguntado por: ignaciomaderas
  • Hace 13 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (3)
javiersantander ha sido el primero en contestar
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    En cuanto fallezca la madre el hijo, si está allí empadronado y si no padece de una incapacidad superior al 65% solamente podrá quedarse dos años.

    Cuestión distinta es que quizás ahora ya pudiera subir la renta aplicando la normativa de la Ley de Arrendamientos de 1.994. Esta norma establece unos procedimientos y límites para actualizar la renta.

    www.asistencialegal.net

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Así es, salvo que tenga una minusvalía superior al 65%, sólo podrá subrogarse 2 años después del fallecimiento de la madre.

    después podrás exigir que se marche, o pactar un contrato con condiciones actuales.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    si no me confundo si el hijo no tiene una minusvalia puede subrrogarse por un plazo máximo de 2 años desde el fallecimiento de su madre.

    mejor espera la opinion de un profesional (por si estoy equivocado)

     

     

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas