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Susana Cabezón

inquilino/a

Tengo 50 años y vivo con mis padres de 82 años en un piso de renta antigua.

En caso de fallecimiento de ambos, ¿tengo derecho  de prórroga con las mismas condiciones? ¿Cómo debo proceder?

Gracias.

  • Preguntado por: Susana Cabezón
  • Hace 14 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
  • usuario eliminado

    Si el derecho a vivir en el piso no procede de una subrogación de contrato, podrá haber una única subrogación para un hijo de la pareja, que lleve viviendo juntamento a ellos como mínimo de dos años anteriores al fallecimiento.- No obstante yo de tí, lo prerguntaría a un abogadoexperto ( en esta página hay varios ), pues seguramente te pedirá detalles más concretos que fundamentarán la respuesta a tui  caso.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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