Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Olga Laura

inquilino/a

Discordia por el cambio de una puerta, local comercial.

Hola, tenemos un local alquilado desde hace 3 años.

La puerta de entrada (secundaria) de madera, estaba en un penoso estado, ya que era muy vieja y estaba muy dañada.

Solicitamos el cambio a la inmobiliaria y estuvimos detrás de ellos meses: nos decían que no localizan al propietaria.

Como paso tanto tiempo al final la inmobiliaria en vista de que no aparecía el propietario (según ellos) nos dijeron que la cambiáramos.

 La puerta se cambio hace dos meses y aun no nos han descontado nada de en los recibos mensuales. La puerta la pagamos nosotros y después se nos descontaría de las cuotas, después de mucho insistir; hoy nos han respondido que el propietario ha dicho que solo paga la mitad ...

Nos hemos quedado de piedra y no sabemos qué hacer ... Entonces nos llevamos media puerta cuando nos vayamos ?¿?

 

  • Preguntado por: Olga Laura
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (5)
arquitopo ha sido el primero en contestar
  • Olga Laura

    inquilino/a

    Hola, lo que tenemos es su palabra delante mía y de mi mujer cuando fuimos a la inmobiliaria. Que podríamos hacer ?

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La cuestión principal de este asunto es si se puede acreditar lo que relatan, es decir si la representante de la propiedad les "dio luz verde" ahora no puede la dueña cambiar de criterio.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Olga Laura

    inquilino/a

    Alguna idea mas de que hacer ?

  • Olga Laura

    inquilino/a

    No veo que diga nada, pero aunque lo diga si es contrario a la ley no tendrá validez. Ademas creo que este caso es algo peculiar por ser autorizado en principio por el administrador.

  • arquitopo

    arquitopo

    profesional

    los contratos de alquiler de locales se rigen en principio por lo que se especifica en el contrato. En e´l debe estar recogido quién se hace cargo de las obras de mantenimiento y las reparaciones del local, y quién debe, por tanto, pagar la reparación.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas