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Me gustaria conocer la legislación en relación al alquiler de viviendas particulares para negocio.
Gracias
Tiene que analizar la situación desde una doble perspectiva. Por un lado habrá de ver si los estatutos de la comunidad de propietarios impiden la instalación de consultas profesionales en las fincas del edificio. Y por otra parte habrá de consultar en el ayuntamiento si le van a dar licencia; por ejemplo es habitual que no se pueda instalar un despacho por encima de la primera planta, salvo que se trate de un despacho "doméstico" que reuna las condiciones de consulta profesional y vivienda del propio profesional.
Muchas gracias por la respuesta.
en caso de necesitar ayuda más adelante ya me pondré en contacto contigo.
saludos,
glòria
La unica legislación sobre arrendamientos urbanos es la LAU y de modo subsidiario el Código Civil. La posibilidad de dedicar una vivienda a consulta profesional dependerá tanto del Arrendador como de los Estatutos de esa Comunidad
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si pudiera prestarle alguna ayuda profesional.