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Hola, mi hermana quiere alquilar una vivienda, que ha estado alquilada hasta el momento, pero como piensa vivir en ella pasado un año, quisiera saber qué tipo de contrato o qué claúsulas debe poner para no tener problemas y que se queden hasta los 5 años si quieren, que es lo legal.
Muchas gracias de antemano.
De nada Dianaa. Yo te recomendaría que pusieras lo que te he dicho, como adición a algún otro tipo de cláusula de las que te recomiendan los demas, ya que así, te curas en salud y si saliera mal... por lo menos lees doblas o triplicas el alquiler.
De todas formas, tengo entendido que para vivir uno mismo, no hay problema en echar a los inquilinos, siempre y cuando se pueda demostrar, y si en 3 meses se demuestra que no vive alli... etc etc.
:)
Yo creo que debes ser sincera. Yo voy a GANAR contra mi arrendadora un pleito que espero tener y que en el contrato pone la clausula que dice Amparo BB (normalmente pone respuestas extraordinarias, esta ve no.) ¿Me puedo ir a otro sitio? Sí pero no quiero cambiar cada X tiempo. MINTIERON, me vacilaron, y se hicieron "Amiguetes" para ver que eramos buenas personas. Además si no vuelven a vivir en ella.......pierden todo lo que resta de contrato. En este caso contrataré "detectives" o personas en paro para que vigilen por mí, "untaré" a quién sea. ¡Basta ya de abusos y de mala fe, usos, y costumbres que es lo máximo en la LEY!
Andrés Fuentes, gracias por tu aportación. Jamás se me hubiera ocurrido semejante ocurrencia y mucho menos a mi hermana.
Yo te puedo aportar la experiencia de mi caso. Recientemente he entrado a vivir en un piso que sólo me lo alquilan durante 2 años, y yo pensaba que habría algún tipo de clausula para asegurar esto, y en efecto. Es tan sencillo como poner que el precio del alquiler es de el doble o el triple de lo que quieres cobrar, pero que aplicas un descuento promocional durante el primer año, dejandolo en el precio acordado. Así, te curas en salud, ya que no querrán quedarse cuando el precio se multiplique.
Jan, muchas gracias. Me ha servido de gran ayuda lo que explicas en el foro.
Hola:
No soy muy amigo de recomendar mis artículos en los foros, pero debido a que éste tema es bastante recurrenre y hay disparidad de criterios les invito a que visiten este enlace:
http://foros.lainmobiliaria.org/viewtopic.php?t=11831
Un cordial saludo
Amparo, mi hermana tiene una pareja interesada en la casa, es española pero a mi entender es de las que nada más llegar ya le están echando morro, me explico:
- En cuanto llegaron ya dijeron que tenían una moto y un coche y que pensaban dejar la moto en la misma raya lateral.
- Que alquilaban medio mes el piso, pero que si les dejaban entrar como el día 8 o así...
En fin, como son funcionarios y a mi hermana les interesa (tal y como están las cosas mejor alguien con trabajo estable), mi hermana quiere dejar las cosas bien atadas y no llevarse una sorpresa viendo que tiene que esperar 5 años hasta ocupar su casa. Aún así hará el contrato a través del Plan Alquila de la C. de Madrid que le hacen un seguro de impago por 2 años.
Así que si no hay otro modo pondrá la claúsula que indicas Amparo, porque no quiere compartir casa con estudiantes. Muchas gracias por la información.
No guapa, si tu hermana no pone la clausulita en cuestión, la arrendataria tiene DERECHO a prórrogas quiera tu hermana o no.
Eso si, siempre puedes alquilar a estudiantes - de septiembre a junio.
En junio se van y tu hermana decide. O lo ocupa ella, o vuelve a buscar otros estudiantes...
También puede ocuparlo ella, y ayudarse alquilando una habitación.
Gracias por vuestras contestaciones.
La realidad es que mi hermana solo tiene esta vivienda y está en la Comunidad de Madrid.
Ella se ha separado recientemente de su pareja en la que vivía hasta la fecha y por eso tenía la suya alquilada. Ahora vive en la casa de mis padres. Ella cree que su situación económica mejorará pasado un año y podrá irse sola a vivir a su casa, de ahí a alquilarla por un solo año, aunque quizá tampoco pueda, ni ella lo sabe.
Amparo gracias por tu claúsula, pero tengo una duda, simplemente no se puede poner que ambas partes hablarán x meses antes de pasar el año para ver si se renueva por otro año más, siendo únca causa la ocupación de vivienda habitual de su propietaria? como ya digo no tiene más viviendas y sí sería la causa real: si se lo puede permitir vivir en su casa.
Muchas gracias por vuestro tiempo.
Gran parte? yo me baso en la misma ley que usted pero las interpretaciones, como ha quedado claro, no son las mismas. Pero no por eso me creo en posesión de la verdad.
Mejuto, gran parte de tus respuestas, como por ejemplo esta, tienen algo en común: carecer de una fuente que les aporte credibilidad.
"Para que un contrato de 11 meses o de cualquier duración se considere de temporada y, por tanto, no esté sujeto a estas prórrogas obligatorias se tiene que indicar en el contrato que es un contrato de temporada y el motivo: vacaciones, estudios, traslado laboral … Tienes toda la información sobre esto aquí:
Alquiler de largo plazo vs alquiler de temporada y Verdades sobre la duración del alquiler
Fuente: Blog EnAlquiler - Desmontando mitos sobre el alquiler
Amparo en la comunidad en la yo vivo esto no es así, la temporalidad tiene un limite de tiempo.
Ojo con la primera respuesta.
Si alguien quiere alquilar por temporada, puede alquilar por 9 meses, 11, 15, o los que dure el motivo de la temporalidad, sea beca, sea vacaciones, sea lo que le lleve al inquilino a vivir temporalmente en ese piso pero manteniendo su vivienda permanente en otra parte.