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carolinacc

inquilino/a

Declaración de rebeldia por parte del demandado en juicio verbal por cantidad inferior a 900€, por reclamación fianza.

Hola, hemos demandado al arrendador por juicio verbal para la devolución de fianza de alquiler, mi duda es que si no asiste y se le declara en rebeldia, como vamos a cobrar nuestra deuda??, que sentencia se dictaría, la no asistencia nos da la razón a nosotros?.

Muchas gracias

  • Preguntado por: carolinacc
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola carolina:

    El juicio se celebrará en ausencia del demandado-arrendador y, normalmente, se dictará sentencia estimando la pretensión o pretensiones del demandante(usted). Posteriormente se notificará la sentencia al demandado-condenado y, si pasado el plazo legalmente previsto, éste no la recurre en Apelación, la sentencia devengará firme. Una vez firme el demandado-condenado dispone de 20 días hábiles para cumplir voluntariamente  el fallo de la sentencia. Si en el citado plazo no lo hace usted tendrá que solicitar la ejecución de la sentencia.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

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