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Ruben

inquilino/a

Declaración de la Renta sin pago de fianza en ivima
Hola a todos, Llevamos un año y medio viviendo en un piso de alquiler.
A la hora de hacer la declaración de la renta, pedimos un justificante de pago de la fianza al arrendador, y nos hemos llevado la sorpresa al decirnos que no había hecho el depósito en el ivima. He estado leyendo en el foro sobre casos parecidos y veo respuestas que hacen referencia a que el inquilino está bastante desprotegido en estos casos. O bien tendrá que iniciar un proceso legal, durante el cual ha de asumir el coste del pago de la fianza, incluso multa a pesar de no ser él el responsable. Estamos valorando 3 opciones, pero todas me parecen malas... 1. Hacer la declaración a expensas de que Hacienda nos pueda pedir el dinero deducido. En tal caso nosotros tendremos que justificar el pago de la fianza al ivima o iniciar un tramite legal contra nuestro arrendador, teniendo que asumir el pago de estos trámites en un principio hasta que se resuelva (en un tiempo indeterminado). 2. No poner el piso en la declaración y no pagar los 2 últimos meses al propietario viendo que no nos va a devolver la fianza y tampoco nos vamos a poder deducir del piso. En el contrato se hace referencia a que no podemos hacer esto, pero no se si tiene validez, en caso de que el arrendador no haya depositado la fianza y que nos puede pasar en este caso. 3. No poner el piso en la declaración y ahorrarnos todos estos trámites, viendo que no podemos permitirnos perder tanto tiempo y dinero en el proceso. ¿Me equivoco en algo? ¿Estamos realmente tan desprotegidos ante estas malas prácticas por parte del arrendador?
  • Preguntado por: Ruben
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Dile al arrendador que ingrese inmediatamente la fianza con el consiguiente recargo y te de fotocopia del justificante, ya que harás la declaración de la renta incluyendo el alquiler del piso. En caso que no lo haga, haces tu declaración de IRPF y pones en conocimiento del IVIMA el contrato de arrendamiento que tienes.
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