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Carodusa

inquilino/a

Clausula de subida de alquiler legal
Buenas tardes, tengo un contrato de alquiler de una vivienda en madrid, firmado en 2018, en el que se estipula que la renta del primer año son 800¬ y la del segundo año y sucesivos 900¬. ¿Es esta cláusula legal? Muchas gracias! 
  • Preguntado por: Carodusa
  • Hace 5 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
nacho ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si su contrato es de 2018 pero anterior al  19 de diciembre, aplica esto:

    Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser revisada
    por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada
    año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes.
    En defecto de pacto expreso, no se aplicará revisión de rentas a los
    contratos.

    (Modificación de 31-03-2015 en vigor desde el 1/04/2015)
    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003&b=24&tn=1&p=20150331#a18
  • Iban

    Iban

    casero/a

    Si recuerdo bien en el año 2018 estaba vigente la legislación del 2013 que permitía pactar libremente la modificación de la renta y no tenía que ser obligatoria el IPC
    • Respondido por: Iban
    • Hace 5 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    su casero solo puede actualizarle la renta mediante el IPC, si se ha pactado en contrato, en caso que no se haya pactado no se podrá actualizar la renta.
    Esa calusula es nula, en caso que se aplique esa subida, se considera un nuevo contrato
    • Respondido por: nacho
    • Hace 5 años
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