Hola Carmen: 
 Coincido con la respuesta del Sr Piscis tres. La transmisión del dominio únicamente se realizará a través de la adjudicación de la vivienda a la entidad acreedora, momento a partir del cual ésta deberá comunicarla a usted que es la nueva parte arrendadora. 
 Reciba un cordial saludo. 
http://letradosalquileres.es.tl/