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Emparina

casero/a

Puedo alquilar sólo de septiembre a junio? Estarían obligados a dejar el piso si firman esas condiciones?

Lo que me preocupa es que no quieran irse, aunqque en principio parecen conformes, pues yo pretendo ocuparlo los meses de verano. 

  • Preguntado por: Emparina
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Emparina

    casero/a

    Gracias Pedro, esa medida parece muy disuasoria. 

    • Respondido por: Emparina
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Más que rentas dobladas yo le pondría una cláusula penal por cada día de retraso en la devolución de llaves, por ejemplo 100€, en mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene un ejemplo de la licitud de esa penalización

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Emparina

    casero/a

    Gracias! Me parece buena idea.  

    • Respondido por: Emparina
    • Hace 10 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Es un contrato de temporada, ponle una fianza elevada y una sustanciosa indemnización si no se van al finalizar el contrato, y todo con devengo de rentas dobladas a partir de la fecha del termino contractual y hasta recuperar la posesión de tu vivienda.

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