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Maria Pacheco

inquilino/a

Tenemos un alquiler de un año prorrogable a 5, ¿cómo hay que prorrogar?

Es decir, se necesita algún papel conforme hay prórroga o simplemente el hecho de no anular el contrato ya es prorroga. De todas maneras, el propietario no puede anular el contrato si no es para uso como vivienda propia ¿verdad?

Gracias

  • Preguntado por: Maria Pacheco
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    El contrato de alquiler de vivienda habitual obliga al propietario a que, si el inquilino quiere, se prorrogue hasta los 5 años naturales. Y no hace falta ningún tipo de documento, pues el primer contrato es suficiente.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si está pactada esa prórroga en contrato, se produce automáticamente -por la tácita- al cumplimiento de cada plazo prorrogable.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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