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Gustava

inquilino/a

Seguro de vivienda por parte del inquilino.

Estoy negociando un contrato de alquiler de vivienda libre, y el propietario me exige contratato un seguro de alquiler que cubre, précticamente, todos los posibles daños o averías que se pudieran producir en la vivienda. Según la LAU el arrendatario sólo debe responsabilizarse de los daños producidos en la vivienda imputables a él mismo. Mi pregunta es: si contrato el seguro de la vivienda yo como inquilino, los daños producidos por el uso habitual de la vivienda o posibles averías no imputables a mí, quién los debería pagar?

  • Preguntado por: Gustava
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues el asegurado.

    Si asegura tus riesgos (pequeñas reparaciones, o reparaciones por uso negligente o accidental son riesgos del inquilino) lo pagas tú.

    Yo tengo un seguro que cubre mis riesgos, pero siempre "recomiendo" (allá cada uno) a los inquilinos que se hagan un seguro que cubra los suyos.

    Si ocurre un siniestro en la vivienda - ej. un incendio por dejarse la sartén - mi seguro me pagará, pero luego irá contra el inquilino o contra su seguro, si lo tiene.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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