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Cesar

inquilino/a

rotura de toldo
Buenos días, Hace un mes que deje el piso en el que estaba de Alquiler, el día antes de dejarlo se rompió el toldo por una tormenta y el casero ahora me esta pidiendo que lo pague porque no se lo cubre el seguro y según el yo debía de tenerlo recogido. ¿Tengo que pagar? el coste de la broma son 350 ?. Un saludo y gracias
  • Preguntado por: Cesar
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cesar como ha indicado Oscar está obligado a pagar ese desperfecto, sin embargo es posible que a su casero no le sea rentable reclamar judicialmente 350 euros, puede caer en la maldición "Pleitos tengas y los ganes", aunque también puede ocurrir que se anime a hacerlo tomado como cuantía la renta anual y entonces las costas superarán con mucho a esos 350 euros, y a quien  le toque pagarlas no lo olvidará pronto, su casero debería haber leido este artículo
    EL DECALOGO DEL CASERO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Usted es el responsable de que el Toldo no estuviese recogido, y además tiene que devolverle la vivienda tal y como la encontró a la parte arrendadora.
    Si no se firmó ningún contrato de fin de arrendamiento y el arrendador aceptó las llaves y tomó la posesión podría negarse a pagarlo.
    Si el no está de acuerdo, un juez será el que interprete los acontecimientos
  • Cesar

    inquilino/a

    Contrato de arrendamiento había, pero quedamos verbalmente en que el ultimo mes de alquiler era por la fianza, yo nunca me he negado a pagar si hay otro tipo de daños pero esto entiendo que es algo ajeno a mi y fue por una tormenta de verano,  podría haber pasado en cualquier momento
    • Respondido por: Cesar
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola, Firmaste el contrato de fin de arrendamiento? Siempre que se abandona una vivienda es inexcusable firmar el documento de fin de arrendamiento, en este contrato se reflejará todas las incidencias o desperfectos. El arrendador dispone de 30 dias desde la firma de este contrato para devolver al arrendatario la fianza, y solo podrá descontar de esta los suministros consumidos por el arrendatario y lo reflejado en el contrato de fin de arrendamiento. si no los devuelve pasado este tiempo con ponerle un monitorio, en el cual no se necesita ni abogado, ni procurador es suficiente para recuperar el resto de la fianza Saludos                                                                                                                                Oscar
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