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su

inquilino/a

Se me ha terminado el contrato el 1 de abril, el propietario no ha avisado y se ha presentado en mayo con un contrato nuevo
El contrato es abusivo, dice que si no lo firmamos, que nos vayamos, en el caso de irnos, nos hace falta que nos de vuelva el aval bancario, para formalizar otro en otra vivienda, y él dice que nos lo da al salir por la puerta, cuando nos vayamos. ¿Es legal? Siempre hemos pagado
  • Preguntado por: su
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Su,
    Como te ha dicho Juan, el contrato se ha renovado automáticamente, por otro año. Esto es, que hasta que no transcurra esta nueva anualidad, si te marcharas, estarías incumpliéndolo, con las consecuencias que ello podría acarrear (que el casero te demande por incumplimiento).

    Ah! y cuando finalmente decidas marcharte (mejor coincidiendo con una anualidad) no olvides preavisar de modo fehaciente con la antelación prevista en el contrato o con 30 días.
  • su

    inquilino/a

    Gracias por contestar, luisa, la respuesta era para ti, penseé, que era juan el que me había respondido. En todo caso gracias a los dos, sois muy amables
    • Respondido por: su
    • Hace 15 años
  • su

    inquilino/a

    Juan, gracias de nuevo. Llevo 5 años ya en el piso. Él no notificó nada un mes antes si no que vino un mes después. No me importa el hecho de que subiera el alquiler en el nuevo contrato. Si no que estábamos con un aval de 4500e, que ya era excesivo para el piso que es, y en el nuevo contrato, el aval subía a 10.000e, más otra fianza, vamos como si entráramos de primeras en el piso.
    • Respondido por: su
    • Hace 15 años
  • luisasoria

    profesional

    Conserva tu contrato porque a no ser que hayan pasado cinco ños de su firma es válido y se renueva tácitamente aún en contra de la voluntad del propietario que viene obligado por ley a respetarlo durante al menos los cinco primeros años, por lo que no puede pretender que firmeis otro contrato para permanecer en la vivienda pues estais legitimados para ello. Presumo que estamos hablando de un contrato de vivienda habitual de un año de durción por lo que está sometido a la LAU, de imperativo cumplimiento en este punto para las partes.
  • su

    inquilino/a

    juan gracias por responder, estaba muy preocupada. En el caso de que yo me quiera ir antes del año, ya que me siento ya incomoda (llama seguido por tlf), ¿lo tendria que avisar con 2 meses de antelación?. me puede devolver el aval bancario antes del último día de estancia en la casa? lo necesito para cancelar ese y formalizar otro.
    • Respondido por: su
    • Hace 15 años
  • Juan

    profesional

    Si estamos hablando de una vivienda y no se han cumplido ocho años de contrato, el día 1 de abril el anterior contrato quedó automáticamente prorrogado por un nuevo año.

    El arrendador solo puede exigir nuevo contrato coincidiendo con el vencimiento del quinto año, si lo notifica al menos un mes antes, o a partir del octavo sin necesidad de notificación previa.

    Por tanto es improcedente la firma de un nuevo contrato y los arrendatarios pueden permanecer en las condiciones anteriores.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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