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ilc

inquilino/a

¿Qué se puede hacer?

Si una persona dentro del contrato de alquiler consta conforme está viviendo y la otra persona que consta como pagador se va del piso sin comunicarlo dejando a deber dos meses de alquiler. La otra persona puede abonar la deuda pendiente y que se cambie el contrato de alquiler sin necesidad de que lo desahucien?

  • Preguntado por: ilc
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Crazyh ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola ilc:

    en su caso la única opción sería que la propiedad accediese a una cesión de contrato.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues en principio no creo que los arrendadores se negasen a cobrar la deuda.

    Se podría hacer un anexo con la nueva situación, pero para la baja del "pagador" debería conseguirse la firma de esa persona.

    En caso de desahucio se le imputaría el impago a la otra persona, así que os conviene a todos

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
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