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Piluca999

inquilino/a

¿Puedo obligar a que mi casero ingrese la fianza en el ivima?

Buenos días:

Escribo porque estoy algo perdida, hace un par de meses que estamos en casa de la abuela de mi novio, nos la tiene alquilada como a unos inquilinos  más sin ningún tipo de beneficio, (cosa que me parece muy normal y respetable) todo ha ido perfecto hasta ahora, la hora de hacer la declaración... sabemos que si tienes la fianza depositada en el ivima puedes desgrabarte por ello, pero ella se niega ha ingresarla, ¿la podemos obligar de manera legal? Gracias.

  • Preguntado por: Piluca999
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Alxo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Alxo

    inquilino/a

    Si existe un parentesco de segundo grado entre arrendador y arrendatario la desgravación es diferente por el alquiler de la vivienda, debería comprobar esto con la normativa de su comunidad autónoma

    • Respondido por: Alxo
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Contesto como si no fuera la abuela

    Podéis ingresarla vosotros, enviando a continuación un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo en el que le informéis de que como no aplicó la cantidad que le dísteis en tal fecha a la fianza, pues que aquella cantidad la aplique a la renta de JUNIO DE 2012 y que la renta de junio de 2012 la habéis ingresado como fianza en el organismo tal.

     

    aquí el abogado PHOLMO explica como hacerlo.

    http://blog.enalquiler.com/2012/actualidad/no-te-pilles-los-dedos-al-deducir-tu-alquiler/#comments

    PHOLMO dice: 
    Friday, 11 May 2012 a las 10:26

    Después de publicado este trabajo, me he percatado que existe una medida que puede tomar el inquilino:
    Proceder al depósito de lafianza, mediante un escrito razonado al Organismo que debe recibirla, comunicando de modo fehaciente al arrendador haber efectuado dicho depósito en evitación de problemas fiscales, acompañando copia sellada del referido escrito y anunciando que deberá aplicar a alquileres la cantidad que tiene en su poder, puesto que fue entregada en concepto de fianza y no ha sido depositada, con lo cual el mes próximo no se abonará.

     

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