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excorpia

inquilino/a

Problema con contrato de alquiler y aval
Buenos días

Estoy de alquiler con un contrato 1 año prorrogable a 5 y el 31-07-09 hicimos el primer año. Tenemos un aval bancario hasta ese día que no hemos renovado porque tanto la inmobiliaria como nosotros pensábamos que era hasta el 01-10-09.

Resulta que desde mayo estamos recibiendo visitas de posibles compradores ya que el dueño quiere vender el piso.

Esta semana hemos hablado con el dueño y le hemos dicho que queremos quedarnos hasta que venda el piso y nos ha dicho que sólo nos deja hasta Enero. Por contra, nos ha dicho que por ese tiempo no hace falta que hagamos aval.

El tema es que no queremos irnos pero creo que estamos en incumplimiento de contrato porque en él se dice que "llegado el 1 de agosto de 2009 la parte arrendadora deberá devolver al arrendatario el original del aval siempre y cuando hayan sido satisfechas las rentas correspondientes y el arrendatario se compromete expresamente a renovar anualmente dicho afianzamiento en caso d...
  • Preguntado por: excorpia
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • excorpia

    inquilino/a

    El contrato dice que "llegado el 1 de agosto de 2009 la parte arrendadora deberá devolver al arrendatario el original del aval siempre y cuando hayan sido satisfechas las rentas correspondientes y el arrendatario se compromete expresamente a renovar anualmente dicho afianzamiento en caso de prórroga del contrato hasta cubrir la duración total del mismo, entregando el nuevo aval a la parte arrendadora" . Al no tener aval desde el 1 de agosto, ¿he incurrido en incumplimiento de contrato?
    • Respondido por: excorpia
    • Hace 15 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Podrán quedarse hasta que se cumplan los cinco años. El propietario del piso puede venderlo, y ustedes tienen derecho de adquisición preferente (igualando la oferta de un tercero ustedes se lo quedan), y si ustedes no se lo quedan tendrán un nuevo casero hasta el fin del contrato. Respecto del aval habrá que ver que dice el contrato si se incumple la obligación de aportar aval; y en cualquier caso ustedes pueden aportarlo y habrán cumplido.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
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