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art

inquilino/a

Problema alquiler loft

Alqullé un loft como particular a otro particular y estuve viviendo allí durante un año. Al tener que irme transcurrido el plazo, me encuentro que mi casero me dice que su gestor le comenta que debo pagar el IRPF  de todo el año a Hacienda. Este asunto era totalmente desconocido para mí (soy trabajador por cuenta ajena, no empresario) dado que al alquilarlo pregunté al susodicho gestor si lo podía alquilar como particular o si había algún requisito en especial y me contestaron que no, que era como un alquiler normal. El problema, ahora, es que  incurro en una infracción con Hacienda, con los correspondientes recargos  de más de un año de retraso y no haber declarado algo que en teoría debía haberlo hecho. El casero no me emitió en ningún momento facturas con el desglose de IVA e IRPF,  aunque en el contrato en letra pequeña pone que " el arrendatario se obliga a ingresar en Hacienda el importe de la rentención que en su caso corresponda practicar a la arrendadora, por preceptivo legal"  .Mi pregunta es saber si puedo hacer algo, denunciar a consumo o lo que sea, porque los 400 vecinos alquilados nos encontramos en una situación similar y por lo que he comentado en la comunidad es un asunto desconocido para todos. Muchas gracias!!!!

 

  • Preguntado por: art
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Si fuera un local de negocio  en el recibo mensual le descontarían por  retenciones ( actualmente el 19%)  y le sumarían  el iva  ( hasta julio  16%). Si así fuera  no debería figurar en el contrato como  alquiler de vivienda. 

    Puedes ver si tiene  uso  residencial en el catastro virtual.

    Si es así (y no es uso comercial o almacén o estacionamiento) puedes alquilarlo como vivienda permanente y el inquilino tendría derecho a prórrogas anuales hasta 5 años, o como vivienda de temporada (uso distinto a vivienda) a estudiantes, becarios, maestros u otro tipo de inquilino que por razones coyunturales necesite un piso durante x meses pero su vivienda permanente esté en otra parte.
    saludos,

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Parece una situación extraña: Si se trataba de su vivienda habitual no existe esa obligación. Si las facturas/recibos de alquiler los expidieron sin retención ahora no pueden hacerlo retroactiva y extemporaneamente  repercutiendo la responsabilidad al pagador de esos recibos.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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