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Frank Javi

inquilino/a

¿Para un contrato celebrado en abril 2009, cuál es el IPCGN que se debe aplicar ahora?

¿Si se actualiza la renta en el siguiente plazo (agosto 2010) le aplicaria el ultimo porcentaje publicado? o ¿el que hubiera estado diponible al cumplirse los primero 12 meses? El arrendador pidio el incremento con demora (5 dias antes del pago de correspondiente a Julio)

Un saludo y gracias

  • Preguntado por: Frank Javi
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Para evitar toda la parafernalia que explica Manuel, la propia LAU especifica que se use el  IPCGN del último mes publicado a la fecha de celebración del contrato, y a partir de ahí, todos los años el de ee mes.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    lo "estrictamente legal" es aplicar el IPC interanual de abril-2009 a abril-2010 (1,5% según www.ine.es). Como este índice se conoce a mediados de mayo-2010, entonces el casero deberá cobrar los meses de abril y mayo al precio antiguo y luego reclamar la diferencia una vez conocido el dato.

     

    Para evitar toda esta parafernalia matemática, lo más habitual es aplicar el último índice conocido, de manera que en abril-2010 le cobre el importe actualizado. En 1-abril-2010 el último índice que se conoce es el de febrero, por lo que se aplicaría feb-2009 a feb-2010.

     

    Espero haber ayudado.

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