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Pedro

inquilino/a

Otra duda
Ya puse mi caso hace unos días, tengo contrato de alquiler  desde el 1 de junio del 2012, hasta junio de 2017, 5 años y 3 más de prórroga, ya que ni el dueño me dijo nada ni yo tampoco se renovó después de los 5 años, ahora llevamos poco más de un par de meses de la segunda prórroga, y la inmobiliaria y dueña, nos siguen insistiendo que aparte del ioc, subirnos 60 euros más a partir de agosto, según ellos nos pueden echar si nos negamos a la subida, y no paran de repetirlo, cuando hasta el 2020 no podrían por ley, que pasos me aconsejáis seguir??, gracias
  • Preguntado por: Pedro
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (9)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como le dije hace tiempo, me figuro que fueron a un abogado y les indicó que usted tiene derecho a permanecer en esa vivienda hasta que se cumplan ocho años, sin modificaciones de las condiciones económicas.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
  • Pedro

    inquilino/a

    perdón, la Segunda prórroga obligatoria de las 3 a las cuales tengo derecho por la lau al ser contrato de 2012  hasta 2017 y se renovó automáticamente, (por no decir nosotros nada, ni el casero tampoco), es con fecha del 31 de mayo del 2019.
    • Respondido por: Pedro
    • Hace 5 años
  • Pedro

    inquilino/a

    Para no abrir otro post, subo este, es para informase que después de todo lo que escribí, (en este mismo post), a día hoy 1 de mayo del 2019, ni me ha llegado burofax, ni me han dicho nada, a la única conclusión que he llegado, que todo era una artimaña de la inmobiliaria y solo tengo una duda, ya estarían fuera de plazo para decirme nada verdad?, (aunque tengo seguro que hasta el 31 de mayo del 2020 no nos pueden echar), lo digo por si me vinieran con algo nuevo y ahorrarme dolores de cabeza, muchas gracias a todos los que me habéis aconsejado y perdón por las molestias.
    • Respondido por: Pedro
    • Hace 5 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

  • nacho

    nacho

    casero/a

    como le ha dicho PHOLMO IMPORTANTE: No dejar de pagar el alquiler si no le admiten el pago por el medio ordinario, deberá consignarlo judicialmente. Le dejo un enlace orientativo:  LA CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE ALQUILERES  


    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • Pedro

    inquilino/a

    Yo suelo pagar por transferencia bancaria, se podría negar a cobrarme???, y si es así, supongo que necesitará la mensualidad.
    • Respondido por: Pedro
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

  • nacho

    nacho

    casero/a

    no hacer ni caso  Prorroga del contrato.Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como minino cinco años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de
    tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
    Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pedro los pasos son simples contestar, con la ley en la mano, que no tienen razón, si van a un abogado se darán cuenta de su error. IMPORTANTE: No dejar de pagar el alquiler si no le admiten el pago por el medio ordinario, deberá consignarlo judicialmente. Le djo un enlace orientativo:
    LA CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE ALQUILERES
    Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
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