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gaby_nieta

inquilino/a

Necesito un poco info para alquilar por primera vez
Pues, mis padres y yo pensamos a mudarnos en otra ciudad en La Comundad Valenciana y primero vamos a vivir en alquiler. Estoy buscando una vivienda ya. Pensamos hacer el contrato por periodo de 1 año con posibilidad de prolongarlo - así puede?

Es la primera vez que vamos a hacer un contrato y por eso tengo unas preguntas simples:
1. Qué exactamente es la fianza y es obligatorio pagarla siempre al hacer el contrato de alquiler? También se paga y el mes corriente?
2. Si en la descripción del piso pone "gastos de comunidad incluidos en el precio" esto por supuesto incluye luz, agua, etc, no?
3. Podemos hacer el contrato al nombre de mi padre porque solo él esta trabajando? Mi madre está en el paro...

Muchas gracias por la atención!
  • Preguntado por: gaby_nieta
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Ramon Ruiz ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Jesús Vinsac,

    Creo que estás confundido. Y, eso no me preocupa mucho; lo que me preocupa es que, publicándolo, se multiplica el número de equivocados.

    Cuando dices "si es contrato de 5 años a compensar con 1 mes por año restante o fracción", supongo que te basas en el Artº 11 de la LAU. Si es así, te recuerdo que han de cumplirse 4 requisitos:
    1.- Que se hayan contratado más de 5 años de alquiler.
    2.- Que ya se hayan cumplido al menos 5 años del mismo.
    3.- Que se hubiera incluido esa condición en el contrato de alquiler.
    4- Que se le de al casero un preaviso de 2 meses.

    Cumplidas esas 4 condiciones, la indemnización no es un mes por año o fracción, como tú dices. Las fracciones de año darán lugar a la parte proporcional (Si falta medio año, la indemnización será medio mes).

    Recibiré encantado cualquier corrección a lo dicho, porque yo también puedo estar equivocado.

    Ramón Ruiz
  • Jesus Vinsac

    casero/a

    Yo te recomendaría muchas cosas, pero sería muy largo.
    1 - La fianza es obligatoria según la LAU una mensualidad, pero como también dice que el Arrendador podrá recabar las Garantías Adicionales necesarias ... esto hace que sea legal que se pidan 4 ó 6 meses de Fianza (o entre Fianza + Aval).
    El mes en curso es de lógica. Lo debes pagar. Quizás se suele negociar picos de fracciones de mes sin cargo.

    2.- Los gastos de Luz, Agua, Gas los debe pagar el que los consume y sin intermediación del propietario. Los de Escalera, e IBI, son siempre aparte, y por ley debe ser así. Los de Escalera e IBI los paga en un principio el propietario y los debe poner en el recibo de alquiler pero en partidas separadas (mírate la LAU).
    Ves con cuidado de revisar que los contadores no hayan sido manipulados (la trampa) antes de ponerlos a tu nombre, si no lo haces y están manipulados, serás tu la defraudadora a efectos de la compañía.

    3.- Se puede hacer el Contrato a nombre de quien queráis, con independencia si está en activo o parado. Otra cosa es que el casero lo admita.

    Yo recomiendo que pidas antes del día de la firma, que te faciliten una copia del Contrato, y lo consultas con algún asesor de tu confianza. Luego a 'mesa fría' te lo leen y no caes en los problemas que puedes estar firmando o asumiendo como tuyos

    Y por último, para tu seguridad a la hora de recuperar la fianza, debéis ambas partes hacer y firmar unos CD's con fotos de todo, sobre todo de todos los defectos rascadas roturas grietas,..., como prueba. Primero para ti que no te imputen defectos antiguos, y para el casero poderte reclamar si le causas algún desperfecto.

    Y lo de la duración, vigila que no tenga una permanencia obligatoria superior a la que piensas estar. Eso, si no lo cumples, debes compensarlo según dicte un juez. Lo típico es que si te vas antes del año a compensar los meses incumplidos hasta los 12, y si es contrato de 5 años a compensar con 1 mes por año restante o fracción.

    Espero que te haya ayudado.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El contrato de vivienda, aunque se haga por un año, al vencimiento, si el inquilino lo desea, se renueva él solito por otro año (sin tener que firmar nada) y así hasta que cumpla 5, fecha en la cual se podría seguir renovando hasta 8 pero ya tienen que estar de acuerdo las dos partes.

    1. Qué exactamente es la fianza y es obligatorio pagarla siempre al hacer el contrato de alquiler?
    También se paga y el mes corriente?
    La fianza sirve para garantizar que si rompiérais o deteriorárais algo, y no lo arregláis vosotros, poder arreglarlo. Si es obligatoria, además te pueden pedir otras garantías, bien en metálico, bien aval bancario o bien seguro de alquiler.
    Claro, el mes corriente también se paga.

    2. Si en la descripción del piso pone "gastos de comunidad incluidos en el precio" esto por supuesto incluye luz, agua, etc, no?
    No, los gastos de comunidad son sólo los de la finca, la luz de la escalera, la limpieza de la escalera, si tiene jardín el mantenimiento, y el seguro de la finca entre otros. El gas de tu piso, la luz, el agua etc, lo tendréis que pagar lógicamente vosotros según lo que consumáis.

    3. Podemos hacer el contrato al nombre de mi padre porque solo él esta trabajando? Mi madre está en el paro...
    Sí.
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