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obia

inquilino/a

Mi casero se separa y quiere echarme llevo un mes en la casa
Hola! vivo en una casa propiedad de dos personas al 50% ( Juana y Ricardo) sin embargo el contrato de alquiler que firme hace un mes va solo a nombre de Juana ( a quien no conozco pq reside en otra provincia) y realice todos los tramites con ricardo que fiimó el contrato a nombre de su esposa por poderes. Al mes de estar alli me dice ricardo que se divorcia y necesita la casa para vivir pero en el contrato pone que el arrendador ( que es juana) solo puede pedirmela al año para vivir ella o familiar de orimer grado tras sentencia firme de divorcio. Ahora Ricardo me dice que puedo quedarme el año pero que cambie los pagos del alquiler a su nombre ( es el unico titular de la cuenta ) Entiendo que es ilegal hace los pagos a otra persona diferente al arrendador no? es nulo el contrato por faltar un propietario?  Deberia pedirme el telfono de su exmujer y tratar unicamente con ella?
puedo quedarme en el piso si ricardo no es arrendador lo necesita? cuando se divorcien en que situacion me encuentro yo con respecto a la separacion de bienes si mi casa cambia al 100% de propiedad de ricardo?
  • Preguntado por: obia
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Victor G ha sido el primero en contestar
Mònica ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Mònica

    Mònica

    inquilino/a

    Buenos días,  Usted tiene derecho a permanecer en la vivienda durante el primer plazo contractural, es decir, si el contrato se ha otorgado por un año, usted podrá permanecer en la vivienda ese año y luego, si el propietario le notificada debidamente que necesita la vivienda con los requisitos que exige la Ley, usted debería abandonar la vivienda.  Si el contrato se otorgó directametne por 5 años, hasta que se cumpla dicho plazo no podrán reclamar la vivienda por necesidad. Con la regulación actual es necesario que se prevea expresamente el contrato la resolución del contrato por necesidad. 
    https://www.picon-advocats.com/recuperar-la-vivienda-por-necesidad/
    Respecto al tema de pagos, sin que exista una notificación fechciente del arrendador, usted debe hacer los pagos conforme lo estipulado en el contrato de alquiler. 
    Si necesita ayuda, no dude en contactar con nosotros. ÿ
    Saludos.


    • Respondido por: Mònica
    • Hace 5 años
  • Victor G

    inquilino/a

    Usted, efectivamente, tiene derecho a permanecer en la vivienda durante toda la duración del contrato.
    En cuanto a cambios de domiciliación de pagos, usted ha de ceñirse a lo estipulado en el contrato hasta que todas las personas que figuren como arrendadores le comuniquen otra cosa. Imagine que este cambio se ha hecho a espaldas de la otra persona, usted podría comerse en el peor de los casos una demanda por impago.
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