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Faustino Lopez Riano

inquilino/a

Me gustaria que el contrato del alquiler,estuviese a nombre del matrimonio
Somos un matrimonio,casado,que vivimos en una vivienda de alquiler en Valencia/capital.España El contrato de la vivienda de alquiler esta solo ami nombre¿En caso que yo falleciera,pueden echarla de la vivienda ami esposa? Atentamente:Faustino Lopez Riaño
  • Preguntado por: Faustino Lopez Riano
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    intentando resumir el artº 16 de la ley de Arrendamientos Urbanos,en caso de fallecimiento del arrendatario, su cónyuge que al tiempo del fallecimiento conviva con él, tiene un plazo de tres meses para comunicar al arrendador que se subroga en el contrato, aportando toda la documentación que lo acredite.
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