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Inqui

inquilino/a

Incumplimiento del contrato por parte del casero.

Buenas tardes.
Agradeciendo de antemano vuestra ayuda, os comento mi caso:
A mediados de Mayo cumplo un año de contrato como inquilino.
El dueño quiere finalizar el contrato en Junio (sin llegar a los tres años que indica el contrato) acogiéndose a la cláusula que dice que:
"[...] Manifestando al arrendatario la necesidad para el arrendador de ocupar el inmueble arrendado para destinarlo a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial [...]"

Tengo serias sospechas de que no van a utilizar la vivienda para destinarla como vivienda permanente (así me lo han insinuado vía telefónica). Parece ser que no pueden tener el piso alquilado ya que perderían una ayuda que están recibiendo por otro concepto. Por eso, quieren finalizar el contrato.

Me ha llegado una carta certificada informándome de que en 2 meses debo abandonar el piso. Carta, que tiene algún error (como alguna fecha incorrecta).
Entiendo que si no utilizan la vivienda de manera permanente estarían rompiendo el contrato fraudulentamente.
Mis preguntas son:

¿Cómo verifico que efectivamente uno de los miembros está divorciado?
¿Cómo verifico que efectivamente están viviendo de manera permanente?
¿Debo poner una denuncia?
En caso afirmativo: ¿dónde? ¿cómo?

Muchas gracias.

  • Preguntado por: Inqui
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Graciani Asesores ha sido el primero en contestar
  • Inqui

    inquilino/a

    Piscis tres, muchas gracias por la información.
    Un saludo.

    • Respondido por: Inqui
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Independientemente de la necesidad que ha de alegar de la vivienda, el recibir una carta certificada, únicamente acredita que se ha recibido un sobre, pero no lo que contiene dicho sobre, por tanto, no le has de facilitar las cosas al contrario, en ese sobre no había nada referente al deseo de recuperar la vivienda, en él, te comunicaba que las  reparaciones de pequeño importe eran por tu cuenta. Si lees el artº 9.3 de la LAU veras, entre otras cosas, que la comunicación tiene que ser "una vez transcurrido el primer año de duración del contrato" no antes. Te conviene no hacer nada por tu cuenta y acudir a un abogado experto en arrendamientos urbanos, para que te vaya asesorando sobre las sucesivas actuaciones.
  • Inqui

    inquilino/a

    Piscis tres, no entiendo por qué no debería hacerle caso a la carta.
    Si cumplen ambas condiciones (divorciado y  va a usar la vivienda) la ley sí permite la finalización del contrato (o eso me ha parecido leer a mí).

    Gracias,
    Un saludo.

    • Respondido por: Inqui
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si todo es tal como cuentas, esa carta que has recibido y nada es lo mismo, no le hagas ni caso, el arrendador no tiene ni idea de como ha de proceder.
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    Una vez finalizado el contrato el propietario tiene 3 meses para ocupar la vivienda, si no lo hiciera usted podrá interponer una demanda, si esa es su intención lo más aconsejable sería poner en manos de un abogado.
    Un saludo
    http://www.gracianiasesores.com
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