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Alex Bové

inquilino/a

¿Debo pagar el IBI del piso y parking donde soy inquilino de alquiler, aunque lo haya firmado en el contrato?

Me gustaría saber si existe alguna ley que regule esto y cuál es. Muchas gracias

  • Preguntado por: Alex Bové
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
cocinero ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    La respuesta de cocinero es incorrecta. El tema del IBI se ha tratado en varios hilos, y los abogados que colaboran en esta web lo que dicen es que el IBI no hace falta que se refleje el importe

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El artículo 20 se refiere a arrendamiento de vivienda.

    en los arrendamientos para uso distinto de vivienda, como es un parking, basta con que lo diga el contrato.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • cocinero

    inquilino/a

    Pon en internet    l. A. U.       (Ley de Arrendamientos  Urbanos).

    Art. 20. -  Gastos generales y de servicios.

    el arrendador puede repercutir el pago  del  ibi  al arrendatario  pero solo es válido si figura en el contrato el último importe conocido.   si no figura el importe te puedes negar al pago  si  no has pagado anteriormente.   saludos,

    • Respondido por: cocinero
    • Hace 13 años
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