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yoyomisma

inquilino/a

¿Este año deberían haberme bajado el alquiler?

Yo firmé un contrato de alquiler a través de una agencia inmobiliaria por dos años y el 28 noviembre de 2009 se cumplió la primera anualidad del contrato. Sigo abonando la misma mensualidad que el primer año pero por algunos comentarios que he leído por aquí al parecer deberían habérmelo bajado. ¿Eso es así realmente? En caso de ser así, si pagaba 750 euros/mes cuánto debería estar pagando este año?

Aprovechando la ocasión también me gustaría realizar una segunda pregunta...si me fuera del piso antes de que cumpla la segunda anualidad por traslado laboral ¿también tendría penalización o si aviso con antelación se consideraría "causa justificada" o algo así?

muchas gracias de antemano.

Un saludo a tod@s

  • Preguntado por: yoyomisma
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Matizo la respuesta de Mari Lolis: Traslado laboral forzoso es causa justificada de rescisión de contrato.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    traslado laboral es causa justificada de rescisión de contrato

  • manuel josé

    casero/a

    No salió  pero la renta actualizada son  744,75  euros/mes. saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    Para  el cálculo de ipc  se va  a  www.ine.es  Pincha  IPC, Act. Rentas  IPC (LAU) y  ¿quiere actualizar renta?  (A)

    Antes va a  Area Prensa  Notas Prensa  Publicadas  y  busca la fecha del contrato  del año a actualizar.-

    28/11/09   El  Indice Precios Consumo último publicado es de fecha  13/11/09, corresponde a Octubre  y  es   -0,7.-

    Va   a  (A).- Cumplimente datos   Mes   Octubre   Año Inicial  2008, Año Final  2009  Importe  750

    Da  a  calcular y nos da    744,75  euros. Renta a aplicar en el año 2009.

    Esta actualización no tiene carácter retroactivo.  Lo pagado, pagado está.  saludos,

     

  • manuel josé

    casero/a

    Se  consideraría causa justificada  si, en caso de penalización, reclamara al juez. Algunas sentencias dan alguna vez la razón por motivos graves o importantes.  Lo normal son sentencias que obligan al inquilino a pagar mensualidades dejadas de percibir hasta término anualidad o hasta que el piso vuelva a estar alquilado. muchos gaSTOS,COSTAS JUDICIALES,MEJOR NEGOCIAR CON EL ARRENDADOR,AUNQUE PAGUE UNA O DOS MENSUALIDADES.

    La comunicación de rescisión se hace comunicando 30 dias antes de finalización anualidad por burofax con acuse de recibo. Negocie antes y puede evitarle perjuicio al arrendador si le presenta un inquilino que lo sustituya y sea del agrado de él. saludos,

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