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Jose lago

casero/a

¿Es justa esta cláusula en un contrato de alquiler de piso?
2.- En fecha 25 de Agosto 2009, Dª XXXX XXXXXX ingresó en la c/c nº 0000000, titularidad de XXXXXX, S.L.”, la cantidad de quinientos euros (500 €), en concepto de “señal”. Suscrito el presente documento privado de arrendamiento de vivienda, a dicha cantidad se le dará el destino de fianza obligatoria, a la que se le dará la finalidad prevista legalmente y que ingresará la arrendadora en el organismo público competente.

De otra parte, en este acto, la arrendataria entrega a la arrendadora la cantidad correspondiente a la segunda quincena del mes de Septiembre, y el mes de Octubre, del 2009, por importe de setecientos cincuenta euros (750 €), suma dineraria por la que se otorga hábil y eficaz carta de pago.
  • Preguntado por: Jose lago
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No veo ningún problema.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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