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Francallejon

inquilino/a

Tengo derecho a compensación por una avería en la terraza de un atico cuya reparación va a durar 15 días?

Es un ático, y los sumideros y la impermeabilización están mal por defectos de la construcción. Esto causa humedades al vecino de abajo. Estiman la reparación en 15 días, en los que no podré disfrutar de la terraza. Tengo derecho a alguna compensación?

  • Preguntado por: Francallejon
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
javiersantander ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    "Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta En proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado. "

    pues es lo que la ley hace.

    es más, si fuera de otra forma, seguro que la terraza entraría en lo de menos "valor".

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tampoco estaría yo muy segura de que sirva una triste regla de tres. Eso sería darle el mismo "valor" a no poder usar la cocina o el baño. Que a no poder usar la terraza. Y en mi opinión. No "tié ná que ver"

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No sé cuan grande es tu terraza, pero vamos, que estaremos hablando de un par de euros, 10 a lo sumo en una capital, si es una terraza "normalita".

    Calcula los metros cuadrados de la vivienda, calcula los de la terraza, y si pasan 20 dias, pues pide que te descuenten esa proporción, que se podrá saber con una simple regla de tres.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Añadir, que no importa lo que "estimen" sino lo que luego tarden.

     

    que quede claro que dia empiezan y que dia acaban.

     

    tenga algun documento para que le firmen cada dia que vengan, si es que acceden por su casa (o almenos uno de incio y otro de final)

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    no. para tener derecho a una compensacion la obra debe durar mas de 20 dias.

    esto es lo que dice la ley:

    Artículo 21. Conservación de la vivienda

    1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.

    2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.

    Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.

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