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Soledad

inquilino/a

Contrato
Puedo romper el contrato de alquiler de 1 año a los 6 meses?
  • Preguntado por: Soledad
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
nacho ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La respuesta de nacho es correcta siempre que se trate de un alquiler de vivienda 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • nacho

    nacho

    casero/a


    Artículo 11. Desistimiento del contrato. (Redacción
    dada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y
    fomento del mercado del alquiler de viviendas)
    El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una
     vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo
    comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las
    partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento,
    deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad
    equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del
    contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año
     darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.



    • Respondido por: nacho
    • Hace 7 años
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