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manacon

inquilino/a

Para el contrato de una vivienda se pueden cobrar dos meses de fianza (aunque por ley sólo esté establecido 1)?

Buenos días,

Me voy a cambiar de piso y estoy ultimando con mi nueva casera algunas de las cláusulas del contrato de arrendamiento. La casera quiere cobrarnos dos meses de fianza, he estado viendo la ley y, para vivienda, la fianza que legalmente se pide es de un mes. ¿Es legal solicitar dos meses para un alquiler de piso?, evidentemente eso debería de especificarse en el contrato no? ¿Me podrían dar algunas indicaciones para redactar esto lo más claro posible en el contrato de arrendamiento?

Muchas gracias. Un saludo,

Manuela

  • Preguntado por: manacon
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Vicenç M.

    casero/a

    Si no te gusta.. siempre puedes buscar otro pisos en el que solo te pidan un mes... ella, pone las condiciones, si tu las aceptas bien, y sino.. pues tampoco tiene ninguna obligacion de alquilarte nada..

    Asi es como esta el patio...

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola manacon:

    sí, es legal. Basta con que en el contrato se refleje que entrega un mes de fianza en concepto de fianza y 1 mes de renta en concepto de depósito como garantía adicional.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

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