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JOSE OMAR VERGARA

inquilino/a

Tengo un contrato con una clausula que pone

 se pacta por un año,es decir, desde el 1 de Diciembre de 2011,hasta el 1 de Diciembre de 2012. llegado el dia del vencimientodel contrato,éste se prorrogará por plazos anuales hasta que  el arrendamiento alcance una duración de cinco años,salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con 30 dias de antelacion como minimo a la fecha de terminacion del contrato o de cualquiera de sus prorrogas, su voluntad de no renovarlo."..El día 28 de abril de 2014, se presenta el propietario y dice que a vendido el piso y que tengo un plazo de 30 días para desocupar. Mi pregunta es.¿Despues de 2 años y medio pagando religiosamente mes tras mes,tengo que salir corriendo en un plazo tan ajustado?,no devería este señor ser un poco más considerado y por lo menos darme más tiempo?. Gracias si alguien me lo puede alcarar.

  • Preguntado por: JOSE OMAR VERGARA
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
javier diez ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Jose:

    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • usuario eliminado

    Coincido.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    JOSE OMAR VERGARA a la acertada respuesta de Javier solo quiero añadir que conforme a la ley, vd tiene derecho de adquisición preferente sobre ese piso, en virtud del cual el Notario tendría que haberle remitido la esscritura de compraventa por si desea ejercer el derecho de retracto. Recuerdeselo a su casero, a lo mejor le desarma la coartada.

    En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • JOSE OMAR VERGARA A usted no le mueve de esa vivienda,mientras siga pagando, nadie hasta el 30 de noviembre del 2016.
    • Si ha vendido el piso (cosa que dudo) pues nadie compra nada sin verlo y con "bicho" dentro,el nuevo dueño deberá respetar el contrato existente ,solo que dándole un nº de cuenta bancaria nuevo.
    • Si su casero quiere la vivienda,deberá pactar su salida con una indemnización que a usted le satisfaga
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