Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Patriro

inquilino/a

¿Cómo se calcula el alquiler de un piso?
Me gustaría saber si lo que me están cobrando es lo normal o es poco , mucho ...
  • Preguntado por: Patriro
  • Hace 16 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (10)
Roberto ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Domus

    Domus

    casero/a

    La mejor forma es chequear el precio medio del alquiler en viviendas similares, en esta página y en otras similares puedes hacerlo.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Clara Maria

    inquilino/a

    El alquiler de un piso se calcula en función de la zona, si tiene buena accesibilidad, me refiero a buena comunicación, zona de servicios, etc. que ayudan a dar calidad de vida. También por los metros cuadrados de la vivienda alquilada, si es amueblada, o no, si está en buenas condiciones, si ofrece buenas calidades, como calefacción, tipo de materiales de la vivienda, si es de lujo, semilujo o normal.

    Si la vivienda es un piso alquilado dentro de una comunidad de vecinos y si los gastos de dicha comunidad van incluidos dentro del precio del alquiler o por el contrario los paga el inquilino eso incrementa la renta mensual.

    Si la finca tiene ascensor, y en definitiva, el precio varía dependiendo de todo ello. En este caso concreto, como no sabemos ni lo que está pagando ni la zona, ni los metros, ni nada de lo anteriormente descrito, lo mejor sería (o yo lo aconsejo) que compare con otros pisos de similares características al suyo que se alquilan en la zona, y así tendrá una idea de lo que está pagando. Lo puede mirar por internet en páginas de pisos en alquiler.
  • Karlangas

    inquilino/a

    Karlangas a Alfonso Inquilino: qué extraña forma, la suya, de calcular el precio de la renta de alquiler de un piso.

    Llevo exáctamente 3 tres años de alquiler en un piso. Un cálculo muy exacto, de mi realidad, es que la suma de Ttodos los conceptos que Alfonso menciona, en mi caso, ascienden a 2.434 dos mil cuatrocientos treinta y cuatro euros año.

    He calculado las cifras, con los consumos medios de los tres años, a precios actuales. Los impuestos y tasas con los últimos importes pagados por cada concepto.

    Le añadimos su 16% y nos dan 2823 dos mil ochocientos veintitrés euros año. Dividimos entre doce para sacar la renta mensual y nos dan 235 euros/mes de renta.

    A día de hoy, tras la última actualización de la renta, pago 688 euros/mes.

    Me gustaría pagar menos, pero el precio de mercado, para pisos equivalentes al que yo ocupo, está bastante más alto.

    Estaría encantado de que mi arrendador hubiera calculado mi renta utilizando "la formula Alfonso"; pero ¡¡¡mecachis!!! No lo hizo.

    Más o menos copió la situación del mercado que había, un poco antes de la fecha del contrato: 1.sept.2005.

    Le aseguro Alfonso que no voy a pedir una revisión de la renta a sus 235 euros.

    Su cálculo es tan, pero tan irreal y tan absurdo que ni lo intentaré.

    Karlangas
  • Ricardo

    inquilino/a

    Restándole a tu sueldo el 70% del total. Vivan las ayudas estatales a los mayores de 35 y menores de 65 que vivimos en alquiler...
    • Respondido por: Ricardo
    • Hace 16 años
  • Alfonso

    inquilino/a

    Lo que se pregunta es cómo se calcula, no cómo se copia lo que hacen otros en el mercadillo. El cálculo es simple:
    Suma todos los costes anuales de mantenimiento del piso para un año típico (con gente viviendo), incluyendo comunidad, impuestos, electricidad, calefacción, agua, etcétera.

    Ahora súmale un porcentaje de beneficio esperado que es lo que quieres ganar con el piso. El típico para beneficio industrial es un 16%, aunque varía hacia arriba y hacia abajo, dependiendo de la ciyuntura.

    Divíde entre doce y tendrás un coste medio al mes que corresponde el mantenimiento del inmueble, suponiendo que está ocupado todo el año. De no ser así, lo puedes dividir por el número de meses por año _como_media_ que está ocupado o esperas que lo esté: por ejemplo diez coma siete (10,7), para cubrirte del riesgo que supone mantener un piso desocupado hasta que encuentres inquilinos.

    La cantidad resultante es una estimación justa de lo que se puede cobrar.
    • Respondido por: Alfonso
    • Hace 16 años
  • enAlquiler

    enAlquiler

    profesional

    Respecto a lo de la comparación de precios que comenta Alicia. En Enalquiler.com tenemos un comparador de precios que te permite comparar precios por zona.

    Sólo tienes que seleccionar la provincia, población, dirección o distrito, el precio del alquiler mensual y el número mínimo de habitaciones para comparar los distintos pisos disponibles con alquileres con el mismo precio marcado, por encima de ese precio marcado y por debajo.
  • Alicia

    casero/a

    lo que yo haría sería mirar cuánto se pide por otros pisos similares en la zona y así me haría una idea de cómo está el mercado.

    Puedes ver eso consultando webs de alquiler de pisos y mirando cómo están los alquileres, aunque también depende de cuánto tiempo lleves alquilado en el piso. Si llevas, por ejemplo, cinco años, los alquileres de ahora igual te parecen caros ...

    También puedes preguntar a amigos, conocidos, vecinos ...
    • Respondido por: Alicia
    • Hace 16 años
  • enAlquiler

    enAlquiler

    profesional

    Muchas gracias por la sugerencia Dudu, es una idea muy buena para que los inquilinos puedan ver cómo está evolucionando el mercado.

    Todas las personas que visitan Enalquiler.com ya pueden activar alertas para recibir en su email avisos sobre los pisos que bajan de precio y con las características que ellos quieran: precio, zona, número de habitaciones, amueblado o no, si tiene opciòn a compra ...

    De esta forma, pueden ver directamente en su correo electrónico todos los pisos que se adaptan a sus necesidades, sin tener que visitar la web todos los días para ver si hay ofertas nuevas que les interesen.

    Si te interesa puedes activar tus alertas aquí.
  • dudu

    inquilino/a

    pues antes de todo mira como ha evolucionado el mercado, la cláusula del IPC te la puede aplicar o no, lo mismo si eres buen inquilino te lo tiene que mantener (o dentro de poco rebajar) sino quiere que te marches a otro piso.

    La vivienda no siempre va para arriba aunque la cultura implantada es esa, subida automática del precio con el IPC ja ¿y queé pasa si el poder adquisitivo no da para más?¿y si los precios están bajando?, y ahora tras más de 10 años de subidas y estando en el euro las bajadas en el ladrillo las vamos a notar mas que nunca.

    Ahora el mercado se está hundiendo en muchas zonas, sobre todo de compra, no hay dinero para prestamos. El creciente paro y la crisis general al final esta afectando a los alquileres, la oferta cada vez es mayor.

    Luego debes negociar con tu casero la subida en base a esto u ojear el mercado y largarte a algo más económico o mejor por el mismo precio.

    Consejo a caseros: cuida a tu inquilino si es bueno.

    Propuesta para enalquiler.com: como tienen otros portales y webs de anuncios importantes sería bueno dejar constancia de los alquileres que han bajado de precio.

    Un saludo.
    • Respondido por: dudu
    • Hace 16 años
  • Roberto

    casero/a

    Mira en las webs de alquiler de pisos cómo están los alquileres en la zona donde vives. Además de la zona también tienes que tener en cuenta los metros del piso y el estado de conservación.

    Si hay un colegio de administradores de fincas donde vives quizá puedas ir a consultar con ellos cuál es el precio medio del alquiler en la zona.

    Si lo preguntas porque se está planteando ahora mismo una subida del alquiler y estás dentro de los primeros cinco años de alquiler, lo que te recomiendo es que uses la calculadora del INE que puedes consultar aquí.

    Y esto es lo que dice la ley sobre cuánto, cuándo y cómo te pueden subir el alquiler.

    "Artículo 18. Actualización de la renta. 1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.

    2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.

    3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al Boletín Oficial en que se haya publicado.

    Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente."
    • Respondido por: Roberto
    • Hace 16 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas