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Mireia78

inquilino/a

Casero con mala fe... ¿Puedo rescindir el contrato?

Llevo 3 meses (tengo contrato de un año), viviendo en un piso en buenas condiciones. Cuándo entré pregunté qué tal los vecinos, y me dijeron que no había ningún problema. Desde el primer día hay gritos e insultos en el piso de abajo, además también en horas intempestivas. He preguntado al resto de los vecinos, y me comentan que vivo encima de un enfermo de esquizofrenia con el que se grita con la mujer y el niño que tienen. Siento que me han mentido, ya que de ello es consciente toda la comunidad.

Me han comentado que además del contrato, hay una ley entre arrendador y arrendatario, que si se demuestra que ha habido mala fe a la hora de alquilar el piso, podría rescindirse el contrato. ¿Es cierto? ¿Tengo alguna solución? Gracias.

  • Preguntado por: Mireia78
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
rafaelamaria ha sido el primero en contestar
  • Mireia78

    inquilino/a

    Gracias por vuestras respuestas. Creo que lo único que me queda, es que el casero le dé los toques que sean necesarios al vecino conflictivo, y aunque no sirva de nada, al menos no será sólo mi problema.

     

    • Respondido por: Mireia78
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola mireia:

    coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo debe considerar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Aunque en el contrato de arrendamiento no aparezca previsto el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • rafaelamaria

    casero/a

    Siento lo te pasa , pero no tiene solucion , el propietario es responsable de que su piso esté en buenas condiciones, pero no de los habitantes  del edificio, ni de sus enfermedades o problemas, eras tú la que antes de alquilar un piso con un contrato por un año , tenias que haberte dado un vuelta por la zona y preguntar a los vecinos.

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