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dafne315

inquilino/a

animales y obras
Tengo un alquiler por un plazo de tres años. La casa estaba inhabitable y yo he arreglado muchas cosas como cambio de sanitarios o hacer una pequeña cocina que no había. La propietaria me dio su permiso pero no lo hicimos de forma escrita. Ahora que ha pasado dos años me dice que la junta de vecinos le ha dicho que debo deshacerme de mis gatos. Ella sabía que los tenía y en el contrato no me lo prohibe. La cuestión es que a mí la comunidad no me ha dado ningún aviso y se que ellos no pueden obligarme a hacer eso porque no molestan a nadie. Al decirle que no podían hacer nada y que me mandarán una carta con dicha prohibición me ha amenazado con que los abogados pueden sacar muchas cosas como el haber hecho obra sin autorización. No se que derechos tengo pues se que la comunidad no puede hacer nada y más cuando hay más animales en el edificio pero tengo miedo a que al negarme me denuncien. que podría ocurrir en este caso??
  • Preguntado por: dafne315
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    No le puede prohibir la tenencia de animales si no lo hizo en el contrato de arrendamiento.
    En cuanto a las obras si podrías tener problemas, a la próxima todo por escrito.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Efectivamente, si hay más animales admitidos en la Comunidad debe de ser que no están prohibidos. No obstante eso puede averiguarlo acercándose al 
    Registro de la Propiedad y pidiendo una copia de los estatutos.  O mejor, si alguien le dice que están prohibidos en la comunidad, pida a esa persona que le muestre esos estatutos en donde se prohiben. Por otra parte, si su contrato no los prohibe, no pueden prohibirlos a posteriori.
    Con respecto a las obras es otra cosa... En ese aspecto, no como en otros, la ley es clara.  ".... Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, ( esto significa que el casero, si lo desea, puede instar un desahucio ) el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
    Saludos  Papeleos Alquiler
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