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Dafne_72

inquilino/a

¿Quién tiene que dar el alta en los suministros de un piso en alquiler?
Quiero alquilar un piso, pero la inmobiliaria me indica que los costes del alta del suministro tengo que pagarlos yo. ¿Es así? Tenía entendido que los costes de alta eran obligación del propietario (una inmobilaria) y los cambios de titularidad del inquilino. Gracias.
  • Preguntado por: Dafne_72
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (10)
ege ha sido el primero en contestar
Ramon Ruiz ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Futuro inquilino..NO

    inquilino/a

    Que quede claro que si este es el atriculo al q acogerse en este caso, que es al que hacen referencia aqui y cito a RAMON RUIZ:

     Artº 20.3 de la LAU dice que los gastos por servicios que se individualicen por aparatos contadores, serán de cuenta del arrendatario.

    En ese texto que hace referencia RAMON puede entenderese igual e incluso mejor simplemente las mensualidades. al igual que el aportado aqui abajo.Dice claramente a su nombre es decir no dar de alta...

    La parte Arrendataria contratará a su nombre los suministros de electricidad y agua, etc, que se individualicen mediante contadores o recibos (art.20.3 LAU).

  • Ramon Ruiz

    casero/a

    manuel josé,

    Dudo mucho de que haya usted comprendido la pregunta (creo que ni siquiera se ha enterado que es un inquilino quien la plantea), pero lo que tengo claro es que su respuesta no hay cristiano que la entienda.

    Si tiene tiempo y Vd todavía se acuerda de lo que quiso decir, intente descifrárnoslo, por favor.

    Compruebe también si responde a la pregunta "¿Quien tiene que dar de alta...?"

    Con todo mi respeto,

    Ramón Ruiz
  • manuel josé

    casero/a

    Si pones en contrato que serán a su nombre y cargo, aunque no lo ponga a su nombre y siempre que no esté domiciliado a nombre del propietario, figurando la luz de ese piso en la dirección del piso alquilado, recibirá factura en vivienda inquilino y si no paga, será la empresa quien se la corte.

    Saludos,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    También con toda mi simpatía Ramón, me reitero en lo dicho más abajo.

    Cosa diferente e indispensable, como tú bien dices, es cambiar la titularidad y/o la domiciliación cuando cambia el inquilino.

    Pero es una faena muy grande, que cuando alguien entre en tu casa, además de 2 meses de fianza y 1 mes de renta, tengan que pagar los enganches de los suministros. (Y eso si no tiene que pagar otro mes para la Agencia Inmobiliaria)

    La prueba es que la mayoría de los pisos tienen los suministros contratados, y salvo que Dafne_72 esté locamente encaprichada del piso en cuestión, buscará otro piso en esas condiciones, aunque luego tenga que cambiar la titularidad o la domiciliación.
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Amparo,

    Suelo estar bastante de acuerdo con tus opiniones y suscribirlas.

    No así en este caso. Eso de que, los caseros que no dan hecho el contrato de suministros, sea porque tienen la sartén por el mango y que eso les convierte en desaprensivos, me parece una impertinencia, absolutamente fuera de tono.

    Y no lo digo porque yo, como casero, esté picado. Yo también suelo mantener los contratos de alta mientras el piso está vacío, pero sé, por experiencia propia, que es un error.

    Cuando te toca un inquilino espabilado y gorrón (de esos que sucesivamente van pasando por las manos de todos nosotros y dejándonos con 3 palmos de narices), aparte de dejarte colgando un año de renta, te dejará "en herencia" más de medio año de consumos (no comprendo cómo lo hacen porque a cualquiera nos cortan el servicio al primer impago), que tú tendrás que abonar, porque va a tu nombre.

    No, Amparo, no. La norma de exigir que cada habitante del piso contrate sus propios suministros, no es una exigencia de "malnacidos"; es lo correcto. Aunque sea más frecuente y bonito lo contrario.

    Permíteme la opinión, con cariño y simpatía.

    Ramón Ruiz.
  • ege

    casero/a

    Hola, es cierto, Ramón Ruiz .

    Yo era la inquilina cuando alquilé el local y pagué el alta de los suministros,

    Ahora como propietaria también pongo una cláusula en la que pone que el inquilino ha de pagar esos gastos,

    Un saludo
    • Respondido por: ege
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Negocialo con el arrendador, es injusto, que tú corras con ese gasto pues es algo que quedará en el inmueble para el próximo arrendatario.

    Yo jamás he alquilado - ni ahora como arrendadora , ni el pasado como arrendataria - un inmueble que no tuviera contratados los servicios .

    Insinúa al casero que si das de alta los suministros, cuando te marches, los darás de baja, para dejar el inmueble en el mismo estado en el que lo recibiste...

    Pero si puedes buscar otro piso, hazlo, es la forma de hacer ver a algunos caseros desaprensivos que no tienen la sartén por el mango. Salta de la sartén, y que se de cuenta de que ha perdido.
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    ege,

    Si te limitas a decir que cuando tuviste un local alquilado (sin especificar si eras el casero o el inquilino) tuviste que pagar la contratación y después dices que eres casero y pones la cláusula de que ha de pagarlo el inquilino, estás dando a entender que se declara nula esa cláusula y obligan a contratar al propietario.

    Yo sé que no es así, pero al que no lo sabe, le puedes hacer la picha un lío.

    Ramón Ruiz
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Dafne 72.

    Efectivamente, es así.

    El Artº 20.3 de la LAU dice que los gastos por servicios que se individualicen por aparatos contadores, serán de cuenta del arrendatario.

    Ramón Ruiz.
  • ege

    casero/a

    Hola,

    Yo cuando he tenido un local alquilado tuve que pagar el alta tanto de la luz y del agua y, como propietario, en el contrato indico que los gastos corren por parte del inquilino.

    Un saludo
    • Respondido por: ege
    • Hace 15 años
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