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Katrin

inquilino/a

Alquiler local ¿el propietario tiene que pagar IVA?
El mes que viene voy a alquiler un local para abrir una pasteleria. Tengo 22 años por si eso es de alguna importancia. De lo que me enterado es que debo de pagar el 21% de iva, de los cuales 19,50% es de IRPF y el resto para el propietario. Mis preguntas son: ¿Como y donde debo de pagar el 19,50% de IRPF,y se paga al mes, o tal vez por trimestre?, y otra cosa muy importante el propietario me dice que los dos, tanto yo, la inquilina, como el tenemos que pagar cada uno 21% de iva al mes, ¿Es eso posible, 21% de iva yo y 21% de iva el propietario, o me esta engañando? El alquiler será entre 300 y 350? incluyendo las cuotas de comunidad y aparte el IVA.
  • Preguntado por: Katrin
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    La retención será del 19.5%
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    A ver, para que lo entiendas, el importe que tu pagues, tiene que ir gravado con el iva, es decir si pagas 300 euros será + 21% de iva, total 363 euros. En esta factura se tendrá que aplicar también la rentención correspondiente, que será del 21%, este 21% se aplica sobre los 300 euros, y no aumenta la factura, ya que es una retención que se aplica a favor del propietario, para que cuando declare los ingresos, le devuelvan o tenga que pagar menos.
    Cada trimestre, se tendrá que pagar el iva y depositar la retención correspondiente.
    Espero haberte aclarado un poco el tema, pero mi consejo es que ya que te vas a meter en esto y veo que necesitarás un gestor para que te lleve todos los papeles, cogelo desde el principio y ves sobre seguro.
    Suerte, seguro que los pasteles estarán buenísimos.
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes, Katrin.

    En primer lugar, señalar que es bastante peligroso negociar un alquiler de local sin contar con asesoramiento jurídico. Son muchas las cuestiones que deben tenerse en cuenta.

    En cuanto a su consulta, imaginemos que es una renta mensual de 1.000 ?.
    RENTA: 350,00 ?
    + IVA:    +73,50 ?
    - IRPF:    -68,25 ?
    TOTAL:  355,25 ?

    Los 210 ? de IVA que Ud. pagará cada mes los podrá incluir en su liquidación trimestral de IVA. Asimismo, cada trimestre tendrá que pagar a la Agencia Tributaria el importe de las retenciones practicadas, mediante la presentación del modelo 115 de la Agencia Tributaria.
    En cuanto al IVA, Ud. tendrá que pagárselo a él, y él, a su vez, tendrá que pagarlo a la Agencia Tributaria.
    Acuda de inmediato a un asesor. Lo necesitará para la buena viabilidad de su negocio, puesto que hay muchas cuestiones que no ha tenido en cuenta, y probablemente haya muchas otras que no haya considerado (licencias, permisos de sanidad, etc.)
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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