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Isabel

inquilino/a

Alquiler larga duración
Buenos días, mi caso es algo peculiar, tengo un contrato desde septiembre de 2015 hasta septiembre de este año, 3 años ya pagados, la vivienda esta a nombre de una inmobiliaria que cedió los poderes a una persona que es la que firmo en mi contrato. Mi pregunta es, una vez pase ese período si no dan señales de vida ni vienen a recoger llaves o a comunicar nada, que debo hacer??? A parte de que  nos deben un alta (luz) y, que por mensaje nos dieron mas meses de carencia por la tardanza de dichas altas. El  piso estaba sin amueblar excepto lavadora y nevera  (nevera nos buscamos la vida). Entre otros pequeños detalles poco  profesionales... Gracias.
  • Preguntado por: Isabel
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si no tiene usted una cuenta para abonar las futuras mensualidades, pue si... iría  "debiendo" ese dinero. 
    Pero vamos tiene un montón de meses por delante para solucionar esto y averiguar cómo pagar las futuras rentas.  O incluso para buscar otro piso si esta situación le incomoda mucho.
  • Isabel

    inquilino/a

    Gracias por su respuesta tan rápida, yo me pregunto, si se da el caso de que no dan señales de vida y se renueva automáticamente según usted por 1 año, y no me reclaman mensualidad, me pueden reclamar pasado el año todas las mensualidades, aunque sea por dejadez de ellos? O como funciona esto... Gracias.
    • Respondido por: Isabel
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Conviene matizar la situación. Si llegado el cumplimiento de los tres años no reciben ninguna notificación el alquiler se prorrogará un año más, salvo que vds decidan darlo por terminado preavisando con treinta días de antelación.
    Si el casero tiene pendiente de pago alguna cosa, lo lógico es que se lo reclamen o inclusive se lo compensen contra el alquiler.
    En cuanto a muebles y eneseres habra que estar a lo que figure especificado en el contrato. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
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