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Birdie

inquilino/a

¿Se puede rescindir el contrato de alquiler antes de que llegue a su fin?

Hola. En noviembre del año pasado alquilé un piso, con contrato por un año. Me han ofrecido otro a un muy buen precio y bastante mejor para mí. Aún quedan dos meses para que se cumpla el año, y en el contrato pone que tengo que avisar con 30 días de antelación. Eso no es problema, pero, ¿tengo que pagar algo por este tiempo que queda?

Gracias de antemano

  • Preguntado por: Birdie
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Lo que tienes q enviar es un burofax con acuse de recibo y certificación de texto, en el que avisas de que, al finalizar el contrato, será rescindido. 

    Es decir, estás obligado a pagar hasta noviembre.

    Es indispensable que, al finalizar el arriendo, se firme un documento de entrega de llaves y se deje constancia de que la vivenda está en buen estado, sin esto será muy dificil recuperar la fianza si no hay buena voluntad.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Birdie

    inquilino/a

    "El contrato de arrendamiento tendrá una duración de un año a partir del día dos de noviembre de dos mil once. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 5 años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo"

    • Respondido por: Birdie
    • Hace 12 años
  • Birdie

    inquilino/a

    Hola de nuevo y ¡gracias! En el contrato no viene nada estipulado. Lo que firmé fué también un seguro de alquiler. ¿Eso tiene algo que ver? Lo que he hecho es enviarle un mail a la casera exponiendoselo, a ver si llegamos a un acuerdo.

    Un saludo

    • Respondido por: Birdie
    • Hace 12 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Habría que examinar el contrato para ver si hay prevista una indemnización específica. Si no la hay tendría que pagar hasta el fin del contrato, dado que el motivo que alega para marcharse no es una causa justificada.

    www.asistencialegal.net

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