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Alquile mi piso hace dos meses, y el inquilino me dice que se va, porque le molesta el vecino de al lado, no a cumplido el contrato que es de 5 años ¿ le debo de cobrar un mes por año???
Hola, de momento la fianza tu no se las des, es mas le puedes pedir una indemnizacion por incumplimiento de contrato
pero date cuenta de una cosa si le llevas a juicio asegurate de que sean solventes ellos
tu tienes las de ganar y reclamarle todas las rentas pendientes hasta cumplir el contrato y las costas del juicio
pero el tiempo que lleve el juicio tu no podras hacer uso del piso
yo personalmente llegaria a un acuerdo con ellos me quedaria con la fianza como indemnizacion y firmaria el fin de contrato con ellos poniendose al dia con los gastos de los suministros del piso
y asi de esta forma tu ya puedes alquilar el piso otra vez
Javier, que es garantias con avales? no estoy muy puesta en el tema, mañana pensamos hablar.
De momento ,no retroceder la fianza y si se tienen garantías ,como avales hay que hablar y pactar la salida por escrito
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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