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Que carta tengo que enviar para comunicarlo y que me devuelvan la fianza.
Ante todo debe considerar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos y si no le interesa continuar es posible que se vea en la necesidade indemnizar al arrendador/oferente.
Por otra parte si lo que llama que fianza es el precio de la opción y decide abandonar el arriendo la perderá.
En definitva como suelo afirmar el arrendamiento con opción de compra requiere antes d efirmarlo que lo examine un Abogado para evitar sorpresas desagradables.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/