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¿Podemos irnos antes de 1 año?
En mi opinión, si estaís agusto con el contrato actual, yo continuaría con la prórroga de tres años, luego ya tendreís tiempo de hacer uno nuevo, ya que con el nuevo de 5 años, os pueden cambiar las condiciones actuales, no sólo en cuanto a la renta, si no en otros mucho aspectos, por ejemplo que os toque pagar la comunidad, modificación de cláusula de despenalización por desestimiento anticipado...
En cuanto a querer iros antes del año, eso es igual en los dos casos, la LAU establece que se prorróga obligatoriamente por plazos anuales. Así que si quereís iros antes del año, tendriaís que hablarlo con el administrador.