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argo

inquilino/a

Nos quieren poner una clusula, una si el ipc es negativo aumentar un 1,5%es legal esto.

La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado. En ningún caso, la demora en aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma.

Nunca se aplicara el IPC negativo, i el mínimo porcentaje a aplicar será de 1,5% anual.

  • Preguntado por: argo
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Esa condición puede considerarse leonina y por lo tanto nula, se tenrdrá por no puesta.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    yo creo que no; pero a ver si un letrado lo confirma.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
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