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Jose L.

casero/a

¿Podre cobrar lo que se me adeuda?

Tengo una propiedad alquilada desde hace 6 meses, y la inquilina me ha comunicado verbalmente que abandonara este mes la vivienda por falta de dinero, debiendome ya cierta cantidad. Ella posee trabajo a media jornada y un pìso. En caso de denuncia por incumplimiento de contrato e impago (tenemos contrato con el tribunal de conciliacion y arbitraje de alquiler), ¿que posibilidades tendria yo de cobrar? me resultaria indiferente poder cobrarlo poco a poco...

 

  • Preguntado por: Jose L.
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si acude a un arbitraje, supongo que le darán la razón y la arrendataria tendrá que abonar todo lo que adeuda hasta la resolución del contrato, me parece que seria mejor para Ud. no pactar plazos, y pedir la ejecución del Laudo ante el Juzgado, para que le embarguen el piso de dicha sra., luego con el piso embargado, que le vaya pagando a plazos. El piso de la deudora es su garantía de cobro.

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