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Arancha Escalada

inquilino/a

Llevo de alquiler 1 año. Ha comenzado el 2º año, solo llevo un mes y tengo q irme. He avisado con 1 mes de antelación
Me refiero a tengo que cumplir otro año entero? Me pueden reclamar algo? Creía que solo estaba obligado a cumplir entero el primer año.
  • Preguntado por: Arancha Escalada
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues sí, estás obligada a cumplir el primer año, y el segundo, y en general todos los que comiencen.

    El contrato puedes rescindirlo ( que tu casero no puede hasta que pasen 5 años) una vez al año, cuando cumple cada anualidad.

    Y sí, te pueden demandar por incumplimiento de contrato, y ello podría significar que un juez te condene a seguir pagando hasta que el piso vuelva a alquilarse y además a correr con las costas del juicio.

    Si no puedes esperar a que se cumpla la segunda anualidad, intenta convencer a tu casero para que en vez de demandarte, acepte quedarse con un mes de fianza a modo de indemnización por tu incumplimiento. (Ten en cuenta que él no puede romper el contrato ... está obligado contigo para 5 años).
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En mis post
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición para cualquier asesoramiento complementario.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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