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tntpinotnt

inquilino/a

¿La inquilina puede romper el contrato de un alquiler si no se ha entregado la nómina de un padre y quedarse el dinero?

Buenas, voy a alquilar un piso de estudiantes con 3 más, osea el piso es de 4 personas, hice el contrato hace dos semanas en una inmobiliaria, pagamos el mes de fianza y el mes correspondiente a la inmobiliaria. Ahora he recibido una llamada en la cual la inquilina me ha dicho que si no tiene en 2 días la nómina de uno de nuestros padres y su d.n.i rompe el contrato y perdemos el dinero. Mi pregunta es en que situación estoy legalmente y si no puedo entregar la nómina, y rompe el contrato, a qué parte del dinero entregado tengo derecho. Un saludo y gracias.

  • Preguntado por: tntpinotnt
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Por cierto, la cláusula que ha puesto sobre entrar cuando quiera y como le dé la gana es nula. Estaría cometiendo un delito de allanamiento de morada. Así que entreis al piso cambiad la cerradura ( es muy fácil y cuesta alrededor de 30€) y os asegurais que sólo vosotras tendreis acceso al piso

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • tntpinotnt

    inquilino/a

    Bien bien, muchas gracias por las respuestas me habeis aclarado el tema.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No os preocupéis por ellas... Las cláusulas que van en contra de la ley se tienen por no puestas.

    Por cierto, diga lo que diga el contrato, no tenéis que permitir el paso a nadie (salvo necesidad de reparación). Os recomiendo cambiar el bombín el primer día (nadie sabe cuántas copias de la llave puede haber por ahí...)

    Las pequeñas reparaciones o las necesarias por uso negligente si son a vuestro cargo.

    Las reparaciones importantes por uso normal, le tocan a ella.

    La revisión del gas, si es poco dinero, según jurisprudencia menor os tocaría a vosotras... Lo que dices del contador no lo entiendo.

    En general la regla es la que te he dicho: reparaciones pequeñas o por uso negligente el inquilino. El resto, el propietario.

    Si tienes cualquier otra duda exponla aquí.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • tntpinotnt

    inquilino/a

    La verdad es que si le sirve, el contrato que ha hecho es un poco abusibo, tiene cláusulas como que puede entrar a ver el estado de la vivienda o que todas las reparaciones del inmueble corran a nuestra costa, así como el contador de luz o la revisión del gas.

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Parece que tu casera cometio dos errores: el primero pensar que grapando una nomina del padre al contrato tiene avalista (error por cierto muy comun) y el segundo de fiarse de vuestra palabra. Aun asi, como no han firmado, no hay avalistas y de nada le servirian esos datos que no teneis que darle.

    Si el contrato esta firmado ella debe cumplirlo.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • tntpinotnt

    inquilino/a

    Gracias por responder. Le dijimos que íbamos a entregar la solvencia de uno de nuestros padres pero todos los padres están muy lejos unos de otros y querían hablarlo entre ellos antes de decidir quién entrega su nómina y dni. Ante esto la inquilina nos ha amenazado con "romper el contrato" y que nosotros perdamos el dinero.

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si se ha firmado el contrato. El único que puede "romperlo" es el juez.

    pues si la propietaria (¿Inquilina? ) "rompe" su copia. Allá ella. La vuestra tiene el mismo valor.

    no obstante. Ya os vale. ¿le dijísteis que íbais a presentar la solvencia de vuestros padres y no lo hacéis?   (de nada sirve si no firman como avalistas. Pero si  ella se queda más tranquila. )

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    De entrada la respuesta es no, un contrato no puede romperse de forma unilateral.

    Pero deberias explicar si en el contrato aparece la figura del avalista en la persona de alguno de vuestros padres.

    Ya te adelanto que si no es asi no teneis por que entregar nada, pero entiendo que si asi lo pactasteis no cuesta nada entregarselo, pues lo hagais o no, el avalista lo será de todas formas.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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